Desgravar donaciones: ¿Cuánto desgrava y cómo hacerlo?
Nuestros padrinos, socios y donantes pueden desgravar estas donaciones de su declaración fiscal de la renta tanto en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto de Sociedades. Para optar a ellas, se debe solicitar el certificado de donación que emite la organización.
Deducción de los donativos en el IRPF desde el 1 de enero del 2024
Los tipos de deducción aplicables a las donaciones han cambiado para las donaciones realizadas desde el 1 de enero de 2024:
- La deducción en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas asciende al 80% del importe de la donación para los primeros 250 euros donados. A partir de ese importe, las donaciones serán deducibles al 40%. Si durante los dos años anteriores, se ha realizado la donación a la misma entidad al menos por el mismo importe, este porcentaje aumentaría al 45%.
- La deducción en el Impuesto de Sociedades para Personas Jurídicas asciende al 40% de las cuotas del donativo. En los casos en que la colaboración se haya sostenido durante más de dos años seguidos a la misma entidad, la deducción será del 50%. La base de esta deducción no podrá exceder del 15 % de la base imponible del período impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos.
Por ejemplo, imagina que haces 2 donaciones de 15€, una a Plan International y otra a otra ONG. En total, estarías donando 30€ al mes, que por 12 meses serían 360€.
1) A los primeros 250€ del total de los 360€ donados, habría que aplicarle la deducción del 80%:
250€ x 80%= 200€ a deducir en la declaración de la renta.
2) Del restante de la donación (360€ – 250€= 110€) te deducirías el 40%:
110€ x 40%= 44€ a deducir en la declaración de la renta.
3) Al hacer la declaración de la renta el total que te deducirías serían 244€ (200€ + 44€= 244€), por lo tanto, tu donación de 360€, realmente te costaría 116€ (9,66€ al mes en vez de 30€ al mes).
Preguntas frecuentes sobre la desgravación de donaciones
Si decides hacerte socio o donar puntualmente a Plan International, puedes desgravar tus aportaciones en la declaración de la renta, tanto en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto de Sociedades. Para poder continuar el proceso, hay que solicitar el certificado de donación que emite la organización.
Desgravar supone reducir total o parcialmente una parte de las donaciones que hayamos realizado. La Agencia Tributaria permite una deducción de hasta el 80% en el IRPF, así como ventajas fiscales aplicadas a las personas jurídicas (empresas).
Las personas jurídicas (empresas o asociaciones), pueden desgravarse el Impuesto de Sociedades. La deducción alcanza el 40% de las cuotas del donativo. Si la colaboración se ha mantenido durante dos años seguidos a la misma entidad, esta puede alcanzar el 50%, con un límite del 15% de la base liquidable.
La deducción es diferente si se trata de personas físicas o jurídicas:
- Personas físicas: se aplica el IRPF. La deducción es del 80% hasta los 250 euros. También se aplicará un 40% en el resto de donaciones a partir de 250, siempre que en este ejercicio y los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad.
- Personas jurídicas: se podrán deducir el Impuesto de Sociedades. El porcentaje general es del 40%, aunque puede aumentar al 50% si la colaboración se ha mantenido o aumentado durante dos años seguidos a la misma entidad.