EMPRESAS SOLIDARIAS
Plan International hará todo lo posible para dar prioridad a la educación, protección e inclusión de los niños y niñas impulsando las alianzas que mejoren nuestra capacidad de organización y permitan desarrollar nuestra estrategia global.
Todas las empresas, independientemente de su tamaño, son susceptibles de ayudar a los niños y niñas más necesitados.
Transparencia
La transparencia de nuestra ONG garantiza que la ayuda de las empresas colaboradoras que nos apoyan llegue a los verdaderos destinatarios: los niños y niñas de los países en desarrollo.
Plan International colabora con empresas que respetan:
- Los principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas.
- Los derechos recogidos en la Declaración Universal de los Derechos de la Infancia.
- Los principios fundamentales en materia de: Derechos Humanos, trabajo, medio ambiente y lucha contra la corrupción.
Alianzas para el cambio
En Plan International queremos que nos acompañéis en el camino del cambio, crear alianzas estratégicas y hojas de ruta conjuntas. Buscamos cómplices para un mundo más justo.
Sabemos que compartimos la visión de un mundo donde los niños y las niñas vean respetados sus derechos, un futuro cercano donde las niñas puedan aprender, liderar, decidir y prosperar.
Sabemos, también, que el esfuerzo conjunto y bien coordinado produce cambios sociales profundos y duraderos. Llevamos décadas creando alianzas sólidas con administraciones locales, nacionales e internacionales, con empresas e instituciones financieras, universidades, fundaciones y todo tipo de organizaciones de la sociedad civil, buscando de la mano soluciones innovadoras para transformar las vidas de millones de niños, niñas y jóvenes en todo el mundo
Cómo colaborar
Donaciones y subvenciones privadas: Puedes apoyar a Plan International haciendo una donación, u ofreciendo productos o conocimientos técnicos/profesionales.
Estrategias de Marca conjunta y patrocinio: Colaborar con nosotros en una campaña de marketing con causa puede ayudar a ambas partes, tanto a generar beneficios comerciales para la organización como a la recaudación de fondos para nuestros proyectos.
Involucración de empleados: Involucración de empleados para recaudación de fondos, mentoría social con empresas fortaleciendo sus habilidades personales y profesionales.
Colaboraciones probono: Las empresas pueden colaborar con Plan International prestando servicios profesionales propios de su actividad empresarial como consultoría, tecnología, comunicación o asesoramiento jurídico.
Donaciones en especie: Son aquellas donaciones que en lugar de aportar dinero en efectivo, aportan bienes o servicios que sean necesarios para Plan International en el desarrollo de sus proyectos y actividades
Si quieres realizar una donación como empresa o corporación, puedes también hacerlo mediante transferencia bancaria al número de cuenta: ES 15 0049 1892 65 2010540148 del Banco Santander.
Cómo Contactar
Desgrava tu donación
Conoce los los beneficios fiscales de los que puedes disfrutar al colaborar con Plan International. Si decides asociarte o realizar un donativo puntual puedes desgravarte tus aportaciones en la declaración de la renta.
Nuestros padrinos y madrinas, socios, socias y donantes pueden desgravar estas donaciones de su declaración fiscal de la renta tanto en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto de Sociedades. Para optar a ellas, se debe solicitar el certificado de donación que emite la organización.
Los tipos de deducción aplicables a las donaciones han cambiado para las donaciones realizadas desde el 1 de enero de 2020:
- La deducción en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas asciende al 80% del importe de la donación para los primeros 250 euros donados. A partir de ese importe, las donaciones serán deducibles al 40%. Si durante los dos años anteriores, se ha realizado la donación a la misma entidad al menos por el mismo importe, este porcentaje aumentaría al 45%.
- La deducción en el Impuesto de Sociedades para Personas Jurídicas asciende al 40% de las cuotas del donativo. En los casos en que la colaboración se haya sostenido durante más de dos años seguidos a la misma entidad, la deducción será del 50%. La base de esta deducción no podrá exceder del 15 % de la base imponible del período impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los períodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos.